La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) difundió información oficial sobre el diferimiento de créditos, con el objetivo de aclarar las principales consultas de la población y garantizar la protección de los derechos de los prestatarios en el sistema financiero boliviano.
El diferimiento de créditos está establecido por la Ley N.º 1670 y reglamentado mediante el Decreto Supremo N.º 5503. La medida permite postergar temporalmente el pago de cuotas sin multas, penalidades ni incrementos en la tasa de interés, y está dirigida a créditos de vivienda de interés social y a unidades económicas micro y pequeñas del sector productivo.
La normativa señala que el diferimiento no es automático y debe ser solicitado de manera expresa por el prestatario. El beneficio puede aplicarse por un plazo máximo de seis meses e incluye la suspensión del pago de capital, intereses, seguros y comisiones, sin afectar la calificación crediticia ni generar reportes negativos.
ASFI informó que, una vez concluido el periodo de diferimiento, los montos serán redistribuidos en el tiempo restante del crédito bajo un nuevo plan de pagos. La entidad reafirmó su rol de supervisión para asegurar que las entidades financieras cumplan la norma y mantengan las condiciones originales de los créditos.



