Desde el lunes 13 de abril entró en vigencia la Ley 1719, que endurece las sanciones por el delito de abigeato en Bolivia, elevando las penas hasta ocho años de prisión en casos agravados. La norma modifica el artículo 350 del Código Penal, que anteriormente establecía condenas de hasta cinco años.
La ley sanciona a quienes se apropien de ganado, alteren marcas o señales, o comercialicen animales sin autorización del propietario. Las penas aumentan cuando el delito involucra dos o más cabezas de ganado, es cometido por varias personas o incluye animales de alto valor genético. También se contemplan agravantes cuando existe relación laboral con la víctima o el hecho ocurre en situaciones de vulnerabilidad.
Además, la normativa establece mayores castigos si se utilizan armas de fuego o se ejerce violencia. El sector agropecuario había solicitado durante años el endurecimiento de estas sanciones debido a pérdidas millonarias y a la posibilidad de que los responsables accedan a beneficios judiciales que evitaban la cárcel.



